sábado, 13 de diciembre de 2008

Muñoz Porras, Carlos
Navarro López, Alejandro

LOS PRESUPUESTOS DE LA UE


Las fuentes del derecho presupuestario son:

1. Los artículos 268 a 280 del TCE
2. El actual reglamento financiero(Rg 1605/22,del Consejo,de 25 de Junio)
3. El nuevo acuerdo interministerial de 6 de mayo de 1999
4. Decisión del Consejo de 29 de septiembre de 2000

Los ingresos:

El tratado establece que todos los ingresos y gastos de la Comunidad deberán estar comprendidos en las previsiones correspondientes a cada ejercicio presupuestario y consignados en el Presupuesto.A partir de la Decisión del Consejo de 21 de abril de 1970 se pasó de un sistema de contribuciones o cuotas de los Estados miembros,a un sistema de recursos propios,cuyo origen es el siguiente:

1. Exacciones de reguladoras agrícolas,primas,montantes,importes o elementos adicionales obtenidos en el marco de la PAC
2. Derechos de arancel aduanero común
3. Tipo uniforme válido para todos los Estados miembros en la base del IVA
4. Porcentaje no superior al 1,27 % del PNB de los Estados miembros
5. Prelevement CECA,ingreso especial percibido sobre la producción del carbón y del acero.

Los gastos:

Distinguimos entre gastos de funcionamiento y de intervención. Los de funcionamiento son por exclusión todos aquellos que no supongan una intervención económica de la CE en los diversos sectores.Los gastos de intervención representan con diferencia un porcentaje muy elevado y se dividen en:

1. Gastos agrarios(40%):PAC,FEOGA
2. Acciones estructurales,regionales y sociales(33%):FEDER,FSE
3. Gastos de investigación(6%)
4. Otras políticas(3%)
5. Cooperación al desarrollo(6%)

La tramitación:

El artículo 279 del TCE dispone que:
El Consejo,por unanimidad,a propuesta de la Comisión y previa consulta al parlamento y previo dictámen del Tribunal de Cuentas:
a) Adoptará los reglamentos financieros que habrán de especificar las modalidades de adopción y ejecución del presupuesto,así como las referentes a la rendición y censura de cuentas.
b) Determinará las normas y organizará el control de la responsabilidad de los interventores,de los ordenadores de pagos y contables.

La ejecución: La Comisión,bajo su propia responsabilidad y dentro del límite de los créditos autorizados ,ejecutará el presupuesto de conformidad con el artículo 279 y con arreglo al principio de buena gestión financiera.

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